Según detalló el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, la cabo segundo de Carabineros agredió física y verbalmente a una detenida al interior de un retén policial en Quilpué.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de
Viña del Mar condenó a
una cabo segundo de Carabineros a la pena de cuatro años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, por el delito de
apremios ilegítimos.
En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, a la funcionaria policial las accesorias legales de
inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, además del pago de las costas del juicio.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de la sentenciada para determinar su huella genética e
incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
Durante el cumplimiento del beneficio otorgado,
la carabinera estará sujeta al control administrativo de Gendarmería y deberá, además, presentarse al
Centro de Reinserción Social correspondiente a su domicilio.
Detalles del hecho
El hecho por el cual fue condenada la carabinera se remonta al
21 de noviembre de 2019, en la comuna de
Quilpué, en la
Región de Valparaíso.
En el contexto de las manifestaciones por el estallido social,
dos jóvenes fueron detenidas por un grupo de funcionarios de Carabineros en avenida Los Carrera, siendo esposadas y trasladadas hasta un retén policial.
Fue en ese lugar en que
una de las detenidas fue agredida por la cabo segundo de iniciales N.B.M.C. Según detalló el tribunal, la funcionaria
provocó lesiones "en distintas partes de su cuerpo con patadas y con su bastón retráctil".
A lo anterior se suman agresiones verbales, que de acuerdo a lo indicado por la justicia, "
la acusada la insultó aludiendo a su aspecto físico al decirle, entre otras cosas, ‘vaca culiá’, tratando a ambas detenidas de lesbianas”.
“N.B.M.C., durante los golpes, hizo caso omiso a las súplicas de L.E.T.C. al informarle que mantenía una hernia en su zona abdominal, continuando, a pesar de esa información, con la golpiza, específicamente donde la afectada le dijo tener la hernia", detalló el tribunal.
Asimismo,
la condenada conminó a las detenidas a desnudarse y a realizar sentadillas en uno de los baños del recinto policial, instancia en la cual la suboficial escupió a la víctima y le dio golpes de puño en la cara. A consecuencia de las agresiones, la joven resultó con lesiones leves.
En la causa,
el tribunal descartó la calificación jurídica por el delito de torturas, pretendida por la querellante Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH).