En la declaración se puntualiza también que las isapres deberán indicar cuántas personas recibirán los pagos y cómo se realizarán.
Durante esta jornada la Superintendencia de Salud dio a conocer una circular en que se determina el plazo que poseen las isapres para la devolución de la deuda.
Cabe recordar que esto se enmarca en el fallo de la Corte Suprema y la ley corta que se aprobó durante mayo para normar el cómo se concretaría este retorno de dinero a los afiliados.
En la declaración se puntualiza también que las isapres deberán indicar cuántas personas recibirán los pagos y cómo se realizarán.
Por otro lado, se debe aclarar de cuánto será el alza extraordinaria de las cuotas establecidas en la normativa, y establecer formas en que los usuarios no tengan que absorber el costo económico de la devolución.
El superintendente Victor Torres señaló: "Hoy es la fecha en que se emite la circular y empiezan a correr los plazos. Primero, las isapres tienen 30 días para poder presentar su plan de pago, va a depender, entonces, el primer periodo de tiempo de las propias isapres".
"Luego de eso, tenemos cinco días como Superintendencia para poder revisar los aspectos formales de esta presentación, y luego remitirlo al consejo consultivo", sumó Torrres.
Sobre esto, las isapres podrán solicitar una prórroga del plazo por un mes más. A su vez, se deberán considerar reducciones de costos y especificar la prima extraordinaria que permitirá el cumplimiento de los contratos de salud.
El trámite deberá seguir sus respectivos plazos: "Este consejo consultivo va a tener 30 días, a su vez, para poder revisarlo. Y luego de eso, la Superintendencia tiene 10 días más para poder decir si realmente acepta o no este plan de pago", cerró.
Cabe mencionar que las isapres deberán mencionar en el plan los montos a devolver, el plazo respectivo y las posibles modalidades de pago.