El pago comienza este mes: Revisa aquí si eres beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer - Chilevisión
10/08/2020 11:37

El pago comienza este mes: Revisa aquí si eres beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer

El beneficio consiste en la entrega de un monto anual, cuya cifra varía de acuerdo a la renta que las trabajadoras reciban. En caso de existir montos pendientes por retirar de años anteriores, estos se podrán cobrar con cédula de identidad vigente a través de cualquier sucursal de BancoEstado y ServiEstado.

Publicado por Paula Aguilera
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Durante este mes de agosto comienza el pago del Bono al Trabajo de la Mujer, un beneficio que, como su nombre indica, se otorga a las mujeres trabajadoras con el objetivo de aumentar sus remuneraciones mensuales.

El beneficio consiste en la entrega de un monto anual y la cifra varía de acuerdo a la renta que las trabajadoras reciban, y así, se paga a aquellas que mantienen al día sus cotizaciones previsionales y de salud.

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¿Quienes pueden acceder al Bono al Trabajo?

Trabajadoras dependientes, regidas por el Código del Trabajo, que:

  • Tengan entre 25 y 59 años de edad (hasta 59 años con 11 meses y 29 días).
  • Pertenezcan al 40% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Acrediten una renta bruta inferior a $5.858.599 durante el año calendario en que perciban el bono. Para 2020, si las trabajadoras reciben el beneficio a través de pagos provisionales mensuales, deben acreditar una remuneración bruta inferior a $488.218 mensuales.
  • Estén al día en el pago de sus cotizaciones previsionales y de salud en el periodo en que se les concede el bono.
  • No trabajen en una institución del Estado o en una empresa que tenga participación pública superior al 50%.
  • No registren solicitudes pendientes como beneficiarias del Subsidio al Empleo Joven.

También son beneficiarios al Bono al Trabajo de la Mujer los empleadores y empleadoras de las trabajadoras dependientes que cumplen con los requisitos mencionados. El pago de la parte del bono que les corresponde a los empleadores o empleadoras se cancelará en forma mensual.

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Trabajadoras independientes que:

  • Tengan entre 25 y 59 años de edad (hasta 59 años con 11 meses y 29 días).
  • Pertenezcan al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Acrediten una renta bruta inferior a $5.858.599 durante el año calendario en que se concede el bono.
  • Comprueben que el pago de sus cotizaciones previsionales y de salud se encuentran al día durante el año calendario en que se concede el bono.
  • Acrediten sus rentas a traves del SII en el año calendario en que se solicita el beneficio.

Devolución de montos pendientes

Las beneficiarias podrán revisar si cuentan con montos pendientes solo ingresando al sitio web del Sence y realizando la consulta con su RUT y fecha de nacimiento.

En el caso de existir montos pendientes por retirar de años anteriores, estos se podrán cobrar con cédula de identidad vigente a través de cualquier sucursal de BancoEstado y ServiEstado.

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Plazos de pago

La devolución de los montos pendientes se puede cobrar hasta el próximo 14 de septiembre.

En tanto, según informó el Sence, el pago anual de este año 2020 se emitirá durante la segunda quincena del mes de agosto.

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