Para poder acceder al documento de clase B no profesional se deben cumplir una serie de requisitos. Conoce acá si te corresponde realizar el trámite.
La licencia de conducir es necesaria para todos los conductores y este año se cumple un plazo clave: A partir de 1 de enero del 2025, todos los documentos que vencieron el año pasado deberan ser renovados.
Este documento se tiene que actualizar periódicamente en la Dirección de Tránsito correspondiente y es un trámite obligatorio para la vigencia de los permisos de conducir y cumplir con las normativas de tránsito y seguiridad vial.
¿Quiénes deben renovar las licencias de conducir este 2025?
Quienes deben renovar las licencias de conducir clase B (no profesional) en 2025 son todos los conductores cuyo documento tuvo como fecha de vencimiento a lo largo del 2024, según lo estipulado por la Ley de Tránsito.
Es decir, si tu licencia vencía en 2024, puedes renovarla hasta la misma fecha de vencimiento este 2025.
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¿Quiénes NO pueden renovar u obtener?
De acuerdo con la Ley de Tránsito, existen varios motivos que inhabilitan a una persona para acceder a este documento:
- No cumplir con los requisitos básicos para solicitar la licencia, los cuales varían según el tipo de permiso.
- Estar inscrito en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, conforme a la ley N° 21.389, que impide a quienes deben pensiones alimenticias solicitar o renovar la licencia.
- Tener antecedentes penales por delitos, faltas o infracciones vinculadas a la Ley de Tránsito, Ley de Alcoholes, Ley de Estupefacientes o por delitos cometidos utilizando un vehículo.
- Conducir bajo efectos de alcohol o drogas, así como estar involucrado en accidentes de tránsito y huir del lugar del hecho.
- Ser acusado de delitos contra la familia o la moral pública, los cuales pueden implicar la pérdida de la habilitación para conducir.
- Conducir con documentos falsificados o que no correspondan a la persona solicitante.
- No haber obtenido nunca una licencia de conducir, en caso de que el solicitante nunca haya pasado por el proceso de obtención.
- Padecer enfermedades que afecten la conciencia, como crisis que comprometan la integridad del conductor.
- Tener incapacidad física que dificulte la movilidad o el control del vehículo.
- Sufrir de insuficiencia respiratoria, cardiaca o coronaria, dependiendo del tipo de licencia solicitada.
- Presentar condiciones de salud como diabetes tipo I o insuficiencia renal crónica de grado IV.
- Ser dependiente de sustancias, como drogas o alcohol, sin contar con un tratamiento adecuado o la autorización médica correspondiente.
¿Cómo renovar u obtener la licencia de conducir clase B?
Para renovar la licencia de conducir se debe asistir a la Dirección de Tránsito correspondiente al domicilio inscrito en la licencia, lugar en el que suelen atender por orden de llegada o agendando hora a través de sus sitios web.
Para realizar el trámite se requiere lo siguiente:
- Licencia de conducir anterior.
- Presentar cédula de identidad.
- Rendir examen psicotécnico, reflejo y vista.
- Licencias profesionales se deberán rendir un examen teórico.
¿Cuáles son los requisitos para renovar la licencia de conducir?
Por su parte, la obtención de la licencia de conducir tiene los siguientes requisitos:
- Edad mínima de 18 años (mayores de 17 años pueden solicitarla en situaciones excepcionales).
- Ser egresado de enseñanza básica.
- Tener cédula identidad vigente.
- Presentar certificado de residencia de la comuna en la que se hace el trámite.
- Aprobar examen psicométrico.
- Aprobar examen sensométrico.
- Aprobar examen médica.
- Aprobar examen teórico y examen práctico.
Cabe destacar que tanto la renovación como la obtención de la licencia de conducir tienen con coste aproximado de entre $30.000 y $50.000.
¿Quiénes NO pueden no la pueden renovar u obtener?
De acuerdo con la Ley de Tránsito, existen varios motivos que inhabilitan a una persona para acceder a este documento:
- No cumplir con los requisitos básicos para solicitar la licencia, los cuales varían según el tipo de permiso.
- Estar inscrito en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, conforme a la ley N° 21.389, que impide a quienes deben pensiones alimenticias solicitar o renovar la licencia.
- Tener antecedentes penales por delitos, faltas o infracciones vinculadas a la Ley de Tránsito, Ley de Alcoholes, Ley de Estupefacientes o por delitos cometidos utilizando un vehículo.
- Conducir bajo efectos de alcohol o drogas, así como estar involucrado en accidentes de tránsito y huir del lugar del hecho.
- Ser acusado de delitos contra la familia o la moral pública, los cuales pueden implicar la pérdida de la habilitación para conducir.
- Conducir con documentos falsificados o que no correspondan a la persona solicitante.
- No haber obtenido nunca una licencia de conducir, en caso de que el solicitante nunca haya pasado por el proceso de obtención.
- Padecer enfermedades que afecten la conciencia, como crisis que comprometan la integridad del conductor.
- Tener incapacidad física que dificulte la movilidad o el control del vehículo.
- Sufrir de insuficiencia respiratoria, cardiaca o coronaria, dependiendo del tipo de licencia solicitada.
- Presentar condiciones de salud como diabetes tipo I o insuficiencia renal crónica de grado IV.
- Ser dependiente de sustancias, como drogas o alcohol, sin contar con un tratamiento adecuado o la autorización médica correspondiente.
Se recomienda realizar este procesos con antelación, debido a la gran demanda de fechas para la renovación.